HIGIENE Y SEGURIDAD EN PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO

octubre 29th, 2010 por cihmas

Damos a continuación algunos aspectos generales de Higiene y seguridad a tener en cuenta en playas de estacionamiento:

RECOMENDACIONES GENERALES DE HIGIENE Y SEGURIDAD

01 Instalación eléctrica general:

Todos los cables bajo tensión deberán estar entubados, conducidos por bandeja o embutidos, y perfectamente aislados. La instalación debe contar con un efectivo sistema de puestas a tierra.

Todas las máquinas contarán con un dispositivo de seguridad adicional a la puesta a tierra (ej.: disyuntor diferencial ) por lo menos.

Provisoriamente, y hasta tanto se realicen las modificaciones correspondientes, las máquinas que no cuenten con protección mediante puesta a tierra deberán contar con la leyenda: “Atención: Máquina sin puesta a tierra”.

02

Iluminación general:

Deben registrarse valores de iluminación acordes a las distintas tareas que se dearrollan teniendo especial cuidado en la instalación de iluminación localizada (en lugares tales como cabinas de cobro, sector de llaves,etc.).

Todos los niveles de iluminación se corresponderán con los especificados en el Anexo IV del Decreto 351/79.

03 Orden y limpieza:

Deben ser mantenidos en general en todo el establecimiento,  teniendo especial atención en el sector de estacionamiento de vehículos como así también en escaleras y rampas de acceso y sectores de lavado (en caso de existir).

04 Depósitos de residuos:

Deberán contar con tapa, su cantidad y dimensiones serán acordes al requerimiento del sector donde se encuentren, deberán señalizarse y colocarse en sectores visibles.

Las bolsas deberán disponerse en lugares aptos y asignados para su  depósito provisorio hasta tanto se produzca su recolección final.

05.1 Riesgo de incendio:

El establecimiento contará con matafuegos (de agua o polvo químico seco) claramente identificados según normas IRAM (IRAM 10.005) en número mínimo de uno cada 200 metros cuadrados, y distribuidos de manera que no se deba recorrer más de 20 metros desde cualquier puesto de trabajo para alcanzarlos.

Su recarga, verificación anual y el mantenimiento preventivo estarán a cargo de empresas autorizadas.

05.2 Riesgo de incendio:

En sectores que presenten una elevada carga de fuego se realizará el cálculo de la misma según el Anexo IV del Decreto 351/79. En función de este cálculo se determinará y adecuará el sistema de extinción y su dotación.

06 Planos inclinados:

Deben ser antideslizantes y contar con las protecciones laterales adecuadas. Si se encontraran junto a un pasillo de circulación deberán colocarse barandas protectoras.

Deben contar con iluminación a nivel de piso durante las horas que funcione el establecimiento y señalizarse de acuerdo a las normas vigentes.

07 Área de lavado: (en caso de existir)

Se contará con equipamiento y elementos de protección personal acordes a la tarea (traje de agua, botas de seguridad, etc.).

La instalación eléctrica (en caso de existir) debe ser blindada y el piso debe ser antideslizante.  La limpieza del motor deberá efectuarse con el capot mirando hacia afuera.

08 Escaleras:

Tendrán pasamanos en ambos lados cuando el ancho supere 1,50 m; y pasamanos central cuando superen los 2,20 m de ancho.

Se colocarán tiras antideslizantes en todos los escalones, excepto que tengan ranuras longitudinales o sean suficientemente rugosos.  Si son de acceso a subsuelos deben iluminarse y pintarse convenientemente.

09 Ascensores y montacargas:

Deben contar con mantenimiento preventivo con registro escrito conforme a las disposiciones vigentes, señal de alarma por desperfectos, indicación de carga máxima (de personas para ascensores, de peso para montacargas), dispositivo de parada por sobrecargas y toda otra exigencia del Art. 137 del Decreto 351/79.

La sala de máquinas no debe utilizarse como depósito y debe estar siempre limpia y ordenada, y contará con un matafuego de gas carbónico de capacidad acorde con el riesgo a cubrir.

10 Señalización:

Se deben colocar carteles y señalización acorde al movimiento de los vehículos dentro del área operativa (sentidos de circulación, sectores de estacionamiento y de circulación, etc.).

11 Salidas de emergencia:

Deberán ser acordes a la reglamentación exigida por el municipio correspondiente, se encontrarán libres de obstáculos permitiendo la evacuación rápida del personal y se señalizaran según normas IRAM (IRAM 10.005).

12 Capacitación:

El personal recibirá cursos de capacitación en temas relativos a Higiene y Seguridad inherentes a su actividad, registrándose los temas, el personal presente, el responsable del dictado, fecha y materiales didácticos utilizados.

13 Botiquín de Primeros Auxilios:

Se debe colocar en lugar visible, de fácil acceso y sin ser obstruido por mercadería, instalaciones o mobiliario y su contenido deberá estar formado por productos de venta libre.

14 Agua potable:

Todo lugar de trabajo contará con provisión y reserva de agua potable para uso humano, con análisis bacteriológico (semestral) y fisicoquímico (anual) que así lo certifiquen.

15 Baños:

Deberán ser aptos higiénicamente, con sus paredes impermeables (pintadas o revestidas), pisos sin roturas y servicios sanitarios en buen funcionamiento.

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